El compliance en las políticas ASG
Sin lugar a dudas, la creación y/o revisión de las políticas ambientales, sociales y de gobierno (ASG) dentro de las empresas, será un tema recurrente en el mundo de la consultoría en los próximos meses.
El propósito de estas políticas, tal como su nombre lo establece, es definir mecanismos que aseguren el cumplimiento de metas y estándares vinculados a los fines previstos en estos temas por cada empresa. Así, las sociedades que buscan incrementar sus regulaciones de sostenibilidad, mejorar su impacto con los stakeholders y perfeccionar sus mecanismos de toma de decisiones, desarrollan estas políticas alineándose con la cultura corporativa que viene fomentándose a nivel mundial.
Como es entendible, el desarrollo de estas políticas se extiende localmente en gran medida, en empresas internacionales que desarrollan una cultura corporativa a nivel global entre sus sucursales y subsidiarias y también entre grandes empresas locales. Sin embargo, con el fin de verificar que estos fines sean cumplidos, la revisión no se agota solo en la empresa, sino que también involucra la participación de sus proveedores ampliando así el impacto de estas políticas en el universo de empresas locales.
Anteriormente, muchas empresas intentaban cumplir con determinadas disposiciones generales, solicitando a sus proveedores suscribir declaraciones juradas, donde se obligaban a reconocer principios y/o derechos como requisito para poder brindar sus servicios. No obstante, como era regular en la práctica, varios de estos proveedores suscribían estos términos sin realmente considerar si estaban en capacidad de supervisar el cumplimiento estricto de las obligaciones acordadas, toda vez que su interés comercial por iniciar el inicio de sus servicios era mayor que su previsión, dejando así estos documentos sin la fuerza de verificación necesaria, siendo solo formas de reducción de responsabilidad mas no mecanismos reales para evitar que determinados hechos ocurran.
Por ello, el desarrollo de las políticas ASG frente a los proveedores ahora, trae una nueva oportunidad para replantear las formas de verificación planteadas, intentando lograr planes realistas de cumplimiento que consideren incluso metas de evolución en el tiempo mediante verificación de terceros o evidencias concretas dependiendo cada caso. Incluso, si el nivel de impacto frente a determinados stakeholders es muy relevante para las actividades y cumplimiento de los planes, es usual que sean las propias empresas, las que provean de protocolos y/o capacitación a sus proveedores con el fin de desarrollar estándares mínimos mediante la transmisión de conocimiento y corroborar que las políticas acordadas se cumplan.
La ejecución de estos mecanismos en la práctica se aproxima más a la real finalidad que busca evitar que determinados hechos ocurran y que ciertas prácticas sean desarrolladas en el mercado, ya no solo por las grandes empresas sino también por las pequeñas y medianas empresas que puedan ser sus proveedores locales, masificando así la evolución de estas prácticas siendo esta actividad en sí misma una finalidad ASG.
En tal sentido, la supervisión de estas políticas y la ejecución de las obligaciones por parte de los proveedores aprobados deberán ser incluidas dentro de la matriz de riesgo del programa de cumplimiento de cada empresa, verificando así que las decisiones tomadas por el directorio o gerencia sean cumplidas de acuerdo con los planes y proyecciones trazados. De esta forma, se podrá aprovechar el desarrollo de las políticas ASG como una forma de asegurar el real cumplimiento de las metas y ya no solo como una forma de reducción de responsabilidades frente a terceros.